Prohibición temporal de ingreso de productos de origen porcino

Se ordena como medida sanitaria la suspensión temporal de ingreso de productos y subproductos de origen porcino (cerdo) crudos, curados, cocidos, enlatados, empacados o de cualquier otra forma, que acompañen el equipaje de mano y el declarado en carga de pasajeros nacionales o extranjeros que ingresen temporal o permanentemente a territorio costarricense por aeropuertos, puertos…