1. ¿Se necesita pasaporte para ingresar a Costa Rica?
Un pasaporte válido es requerido para ingresar al país. Pasaporte en vigor y en buen estado.
La vigencia mínima del pasaporte dependerá del Grupo de países al que pertenezca el viajero, de acuerdo a la DIRECTRICES GENERALES DE VISAS
DE INGRESO Y PERMANENCIA PARA NO RESIDENTES, que se puede consultar en el siguiente enlace:
https://www.embajadacostarica.es/wp-content/uploads/2022/02/DIRECTRICES-GENERALES-DE-VISAS-Circular-DG-0001-02-2022-DG-AJ.pdf
El DNI no es un documento válido para ingresar a Costa Rica.
2. ¿Necesito una visa para ir a Costa Rica?
Dependiendo de su nacionalidad es posible ingresar al país sin visa. Los españoles no requieren visa. Visite la sección de visas de esta página web para mayor información: visas
3. ¿Puedo ingresar a Costa Rica con un tiquete aéreo de una vía?
Todos los visitantes deben tener un tiquete de ingreso y de salida, ya sea por vía aérea o terrestre, según sea el caso, como requerimiento para ingresar al país.
4. ¿Si viaja en tránsito puede salir del aeropuerto sin perder su condición o debe pagar impuesto de salida al volver a chequearse?
Puede salir del aeropuerto siempre y cuando haya un mínimo de cinco horas entre un vuelo y otro. Si su nacionalidad requiere visa debe aportarla para poder ingresar al país.
El tiempo máximo que se puede permanecer en condición de tránsito es de doce horas, y se exonera al pasajero del pago de impuestos, excepto si regresa al mismo país de origen. Por ejemplo, si procede de Panamá, permanece ocho horas en Costa Rica, y luego sale nuevamente hacia Panamá, debe pagar el impuesto de salida.
5. ¿Se necesita una licencia de conducir internacional?
Es permitido conducir con la licencia de su país por un periodo de 90 días.
6. ¿Puedo usar tarjetas de crédito en Costa Rica?
Las tarjetas de mayor reconocimiento son aceptadas. Además, encontrará cajeros automáticos distribuidos a lo largo del territorio nacional.
7. ¿Qué tipo de vacunas necesito para ingresar a Costa Rica?
Únicamente la vacuna contra la fiebre amarilla en los siguientes casos:
Deben aplicársela personas provenientes de áreas geográficas consideradas de riesgo:
África: Angola, Benín, Burkina Faso, Burundi, Camerún, República de África Central, Chad, República Democrática de Congo, Costa de Marfil, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Gana, Guinea, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial, Kenia, Liberia, Mali, Mauritania, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Santo Tome y Príncipe, Tanzania, Togo, Uganda y Zambia.
América del Sur y Caribe: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Perú, Trinidad y Tobago y Venezuela.
Quienes vienen al país desde alguno de esos países o han estado en los últimos seis meses, deben aplicarse la vacuna 10 días antes de ingresar al territorio nacional, mientras que quienes salen del país deben aplicársela 10 días antes de su viaje. Asegúrese de presentar un documento emitido por el centro de salud o farmacia que le administró la vacuna para comprobar este procedimiento.
8. ¿Qué documentos necesita un menor de edad extranjero para ingresar al país?
La persona menor de edad extranjera que viaje sola y que ingrese al país deberá portar el pasaporte vigente, además de documento donde sus padres y/o representante legal le autoricen la salida del país de origen o residencia habitual.
9. ¿Qué requisitos pide España a los españoles y residentes españoles para volver debido a las restricciones del COVID19?
Actualmente, no se requiere ningún requisito ni existe ninguna restricción relacionada con el COVID19.
10. Artículos que puede traer a Costa Rica
Cada persona que entre a Costa Rica tiene derecho a introducir equipaje con artículos personales en cantidades razonables, medicinas y equipo de asistencia, si es necesario
A. Medicinas: Si usted necesita viajar a Costa Rica con sus medicinas, por favor considere lo siguiente:
- Lleve las cantidades necesarias, que es la cantidad normal usada por una persona con su problema de salud.
- Deberá llevar con usted una prescripción especificando que la medicina esta siendo usada para su salud física.
- Tenga las medicinas etiquetadas o debidamente identificadas. El equipo de trabajo debe ser portátil y usado.
B. Artículos de uso personal: Puede traer a Costa Rica los siguientes artículos de uso personal, en una cantidad razonable, si son portátiles y usados:
- Libros y manuscritos
- Cámara (1) y sus accesorios
- Ropa
- Joyas
- Instrumento musical (1) y sus accesorios
- Fotografías e impresiones no comerciales
- Radio portátil (1)
- Rollos de película (6)
- Juguetes
- Sombrilla
- Cámara de video (1) y sus accesorios
- Zoom (1)
C. Para usted y el consumo de su familia también pueden traer:
- Comida de bebé
- Cigarros (500 gramos por persona)
- Confites (2 kilogramos por persona)
- Vino y licor (Hasta 5 litros por persona) debe ser mayor de 18 años.
D. Artículos para el trabajo: Se le permite llevar a Costa Rica artículos requeridos en su profesión, siempre y cuando sean usados y portatiles. Estas disposiciones excluyen equipo completo para laboratorios, oficinas y talleres. Algunos artículos que puede llevar son:
- Computadora portátil (1)
- Pintura y lienzos
- Impresora portátil (1)
- Grabadora (1)